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Calculadora de indemnización por despido

Introduce tu salario y tus fechas de contrato y calcula la indemnización que marca el Estatuto de los Trabajadores, con los topes legales y la regla especial para contratos anteriores a 2012.

€/año

Indemnización estimada

23.054,79 €

Exenta de IRPF (dentro del límite legal de 180.000 €)

Salario diario (bruto anual / 365)82,19 €
Días de indemnización280.5
Indemnización23.054,79 €

Cómo se calcula la indemnización

El cálculo parte del salario diario: el bruto anual (incluida la prorrata de pagas extra) dividido entre 365. Ese salario diario se multiplica por los días de indemnización que correspondan a tu antigüedad: 33 días por año en el improcedente, 20 en el objetivo y 12 en el fin de contrato temporal, prorrateando los meses y redondeando por exceso las fracciones.

Los topes importan más de lo que parece: 24 mensualidades (720 días) en el improcedente y 12 (360 días) en el objetivo. Con 33 días por año, el tope se alcanza a los 21,8 años de antigüedad; a partir de ahí, más años no aumentan la indemnización. Para contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012 se aplica la disposición transitoria: el periodo antiguo computa a 45 días por año, con un máximo absoluto de 42 mensualidades.

Recuerda que la calificación del despido (procedente, improcedente, nulo) la decide la conciliación o el juzgado, no la carta de despido: si no estás conforme, tienes 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de indemnización corresponden por año trabajado?

Depende del tipo de extinción: 33 días por año en el despido improcedente (tope de 24 mensualidades), 20 días en el despido objetivo o colectivo (tope de 12 mensualidades) y 12 días al terminar un contrato temporal. Las fracciones de mes cuentan como mes completo.

Empecé a trabajar antes de febrero de 2012, ¿me afecta?

Sí, a tu favor: el tiempo trabajado hasta el 11 de febrero de 2012 se indemniza a 45 días por año (regla anterior a la reforma laboral) y el posterior a 33. El total se limita a 720 días, salvo que el tramo antiguo ya los supere, en cuyo caso se congela ese importe con un máximo de 42 mensualidades.

¿Qué salario se usa para el cálculo?

El salario bruto diario: el bruto anual con prorrata de pagas extraordinarias dividido entre 365, según la doctrina del Tribunal Supremo. Se incluyen salario base, complementos salariales y retribución variable consolidada; se excluyen conceptos extrasalariales como dietas o plus de transporte.

¿La indemnización tributa en el IRPF?

La indemnización legal por despido improcedente u objetivo está exenta hasta 180.000 €. No están exentos la indemnización por fin de contrato temporal, las cantidades pactadas por encima del mínimo legal ni los ceses voluntarios o de mutuo acuerdo.

¿Y el finiquito?

Es otra cosa: el finiquito (salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extra) se cobra siempre, sea cual sea el motivo de la extinción, y se suma a la indemnización si la hay. Tributa como salario normal.

Cálculo orientativo según los arts. 53 y 56 y la DT 11ª del Estatuto de los Trabajadores. La cuantía exacta depende del salario regulador que se acredite y de la calificación judicial del despido: para reclamar, consulta a un abogado laboralista (plazo: 20 días hábiles).